Licencias de uso de derechos de autor
Copyleft:
Esta es una licencia la
cual incide en los derechos de autor para que sea posible por medio legal
distribuir copias y versiones modificadas de obras por terceras personas, como
por ejemplo de programas informáticos, documentos, música y arte. En algunos
casos, se permite el uso comercial y en otros no, todo depende de las
concesiones del autor.
Así mismo, copyleft
fue descrito en el sitio de su fundación, citado por Mora (2012) como el:
Grupo de licencias cuyo objetivo
es garantizar que cada persona que recibe una copia de una obra pueda a su vez
usar, modificar y redistribuir el propio trabajo y las versiones derivadas del
mismo. Unas veces se permite el uso comercial de dichos trabajos y en otras
ocasiones no, dependiendo que derechos quiera ceder el autor. (pág.6)
Además, en un estudio
realizado a autores de blogs literarios brasileños la mayoría de ellos (85.57%)
opinan que las publicaciones de sus obras en la web, ayudan a democratizar la
cultura, sin embargo, más de la mitad de estos autores entrevistados desconocen
las atribuciones de copyleft, lo que resulta un dato muy controversial.
Open Acces:
El Open Acces también
llamado en español como acceso abierto, permite a las personas disponer de
manera gratuita y sin restricciones la información publicada. Además, las obras
que se pueden publicar con estos términos tienen que cumplir con las
estipulaciones mencionadas por la UNESCO en su sitio web:
·
Es posible acceder a su contenido de manera libre y universal, sin costo
alguno para el lector, a través de Internet o cualquier otro medio;
·
El autor o detentor de los derechos de autor otorga a todos los usuarios
potenciales, de manera irrevocable y por un periodo de tiempo ilimitado, el
derecho de utilizar, copiar o distribuir el contenido, con la única condición
de que se dé el debido crédito a su autor;
·
La versión integral del contenido ha sido depositada, en un formato
electrónico apropiado, en al menos un repositorio de acceso abierto reconocido
internacionalmente como tal y comprometido con el acceso abierto.
Copyright:
Son un conjunto de licencias que por medio de normas
permiten regular los derechos de autor tanto patrimonial como moral, en cuanto
a las obras y al vínculo con las industrias culturales y el acceso del público
a la cultura. Y esto surge con un propósito primordial el cual lo describe la
Universidad San Marcos en su artículo con la siguiente cita: “Con esto se pretende aumentar la cantidad y calidad de las obras
intelectuales que circulan por las redes electrónicas digitales y que tienen un
carácter común [obras que se pueden copiar, compartir, derivar o re-mezclar].” (s.f, p.4)
Entre las protecciones de copyright están las obras musicales, los libros,
partitura musical, obras cinematográficas, obras de arte, cinematografía,
mapas, entre otros. Además, su
protección se expande hasta los 56 años después del fallecimiento del autor.
Algunas de las críticas del
copyright según Carrillo (s.f) son:
- Protección desproporcionalmente prolongada.
- Cálculo infundado de la duración de la protección.
- Falta de información sobre el poseedor.
- Monopolización de la expresión.
- Propuestos del azar.
- Contrario a la libre difusión de la cultura.
- Anula la libertad de expresión al restringirla.
Creative commoms
Estas licencias se
representan por las letras CC y comparten la conformación de copyleft. Además, según
lo que indica Mora (2012): “Las licencias
CC, se originan como parte del movimiento del software libre, el cual brinda
libertad de manipular un programa y utilizarlo, sin necesidad del pago de derechos.
Estas licencias tienen la orientación de compartir y hacer de dominio público
la información, pero desde una filosofía no lucrativa.” (p.7) Es decir, las
licencias creative commoms permiten la disposición de las obras autorales en
forma pública para apoyar la cultura y la educación, por lo tanto no puede
existir cobro alguno por el uso o manipulación de dichas obras ya que estas se distribuyen
y se detentan de manera gratuita para el uso de su contenido constructivo.
Las creative commoms permiten a los usuarios copiar y realizar
distribuciones de las obras autorales siempre que se dé el debido
reconocimiento al autor de esta. Por otra parte, estas licencias ofrecen la
opción de ofrecer un permiso comercial o no, dependiendo de la intención de
cada autor.
Fuente: Francisco Shibata (YouTube)
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